LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
La Oficina de Acceso a la Información (OAI), es un mandato de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04 y el Decreto No. 130-05 que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar a entidades y personas tanto públicas como privadas mediante las informaciones solicitadas. Visión Dar sostén a los valores de honestidad, integridad, eficiencia, eficacia, calidad y trabajo en equipo del Ministerio de Deportes, apoyando así los esfuerzos de transparencia institucional. Misión Garantizar el acceso de los usuarios a la información sobre la gestión del Ministerio de Deportes como una forma de validar la transparencia de la institución. Definición RAI El responsable de Acceso a la Información, es el responsable de tramitar y facilitar las informaciones requeridas y de ser el canal de comunicación entre la institución, ciudadanos y ciudadanas. Proceso de Solicitud de Información: • Completar el formulario de solicitud de información. • Se procede a la revisión de dicho documento con la finalidad de verificar que está debidamente completada. • Se hace entrega de acuse de la solicitud al solicitante. • Según la complejidad de la información, se asigna una fecha de entrega. • En caso de no ser el Ministerio de Deportes la entidad competente para ofrecer la información requerida, dicha solicitud se refiere a la institución correspondiente y se le informa al solicitante, el curso que ha tomado su solicitud y la institución destinataria. • Seguimiento de la(s) solicitud(es) hasta confirmar que se ha suministrado la información. RAI (Responsable del Acceso a la Información) Encargado: Lic. Félix Manuel González Susana
Ministerio de Deportes y Recreación Ave. 27 de Febrero, Centro Olímpico Juan Pablo Duarte Tel.: 809-540-4010, ext. 1011/1012/1013. |