Ministerio de Deportes y Recreación (MIRECEC)
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Resolución del Ministerio de Deportes para desescalada en el deporte

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Resolución del Ministerio de Deportes para desescalada en el deporte
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Vista: La resolución número 000018 de fecha veintisiete (27)  de junio del año dos mil veinte (2020)   del Ministerio de Salud Pública de la República Dominicana, que establece:   “Se permiten las actividades de entrenamiento, preparación física de atletas y la práctica de deportes cuyas reglas permitan el distanciamiento físico con estricto cumplimiento de los protocolos establecidos. El Ministerio de Deportes y Recreación, estará a cargo de establecer las directrices para la implementación de esta disposición”.

 

El Ministerio de Deportes y Recreación, amparada en las facultades establecidas en la ley y resolución,

 

Resuelve:

 

Se establece, la reapertura deportiva de manera escalonada y sujeta a revisión periódica  de quince días (15) según los indicadores de salud que establezca el Ministerio de Salud Pública y la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus (Covid-19).

En una primera fase:

 

Se autoriza, a partir del día dos (2) de julio del 2020,  la práctica deportiva y recreativa del Golf y Tenis, respetando los protocolos de distanciamiento físico establecidos para tales fines por sus respectivas federaciones deportivas nacionales e internacionales.

 

Se autoriza, a partir del día ocho (8) de julio del año dos mil veinte( 2020), el inicio de los entrenamientos y   preparación física de las demás disciplinas deportivas del deporte organizado del país, respetando los protocolos  de distanciamiento físico, establecidos para tales fines por sus respectivas federaciones deportivas nacionales e internacionales.

 

Para los deportes de conjunto: Evitar las prácticas  grupales, o juegos de fogueos. Limitar los entrenamientos a preparación física y prácticas sin contacto.

 

Para los deportes de combate: Evitar las peleas o luchas contra oponentes.

 

Para los deportes acuáticos y de playa: Practicarlo de manera individual evitando siempre la aglomeración y/o recreación social en las playas o áreas circundantes.     

 

En el caso de las preselecciones y equipos nacionales, todo protocolo de iniciación de entrenamientos debe incluir el debido proceso de entrevistas y evaluación médica por parte de sus respectivas federaciones deportivas.

 

Se autoriza, a partir del día ocho (8)  de julio de 2020, la apertura al público de los complejos deportivos a nivel nacional para la práctica de actividades físicas  al aire libre, que no impliquen aglomeración de personas. Estas actividades quedan reducidas a caminatas, carreras, ciclismo y otras de acondicionamiento físico en donde se respeten las medidas de distanciamiento.

 

Previo a la apertura de dichas instalaciones al público en general, se llevará a cabo un proceso de desinfección e higienización, seguido de un  programa  de control higiénico-sanitario coordinado y supervisado por la Comisión Mixta: Ministerio de Deportes y Recreación y el Comité Olímpico Dominicano (Miderec-C.O.D).

 

A partir del día ocho (8) de julio, del año dos mil veinte (2020) los clubes que cuenten con instalaciones deportivas y facilidades que permitan cumplir con los protocolos establecidos, podrán abrir sus espacios para las actividades deportivas descritas anteriormente.

 

Durante esta primera fase quedan excluidas todas las personas menores de quince (15)  años.

 

Esta primera fase tendrá una duración de quince (15) días. El inicio de una segunda fase estará sujeto al análisis de los indicadores de salud y control del Covid-19. Una posible segunda fase se estaría anunciando para el día veinte y uno (21) de julio del año dos mil veinte (2020)

 

El incumplimiento de los protocolos y disposiciones detallados en esta resolución por parte de alguna entidad deportiva o público general, conllevará medidas disciplinarias.

 

Con este proceso de reapertura deportiva procuramos dar inicio formal a la preparación de nuestros atletas de cara a las futuras competencias internacionales, así como aportar a la salud, sana recreación y bienestar de todos los dominicanos.

 

Para nosotros la salud es una prioridad, pedimos encarecidamente a todo el sector deportivo nacional y a la población en general, manejarse con mucha prudencia y siguiendo estrictamente todas las medidas preventivas debidamente anunciadas por nuestras autoridades de salud pública.

 

En Santo Domingo, D.N., a  los treinta (30) días del mes de junio de la año dos mil veinte (2020)

 

Regístrese, comuníquese y publíquese a las partes interesadas

Danilo Díaz Vizcaíno

 

Ministro